
[Avalúos] > Avalúo para escriturar
En el Distrito Federal, según el Código Financiero en el CAPITULO II "Del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles", están obligadas al pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles, las personas físicas y las morales que adquieran inmuebles que consistan en el suelo, en las construcciones o en el suelo y las construcciones adheridas a él ubicados en el Distrito Federal, así como los derechos relacionados con los mismos a que este Capítulo se refiere.
Los avalúos que se realicen para efectos de este impuesto, deberán ser practicados por las personas morales que cuenten con autorización y por los peritos valuadores registrados, ajustándose a los procedimientos y lineamientos técnicos y a los manuales de valuación técnicos emitidos por la autoridad fiscal.
Tipos de avalúos:
- Avalúos para escriturar. [Ver más]
- Avalúos comerciales para negociación. [Ver más]
- Avalúos para Dictámenes. [Ver más]
- Avalúos para pago de impuesto predial. [Ver más]
- Avalúos para garantías hipotecarias. [Ver más]

|
|
|